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Laboral ·6 min de lectura ·

Me despidieron: qué revisar antes de firmar el finiquito

El finiquito se firma con apuro y en la notaría. Estas son las cuatro cosas que conviene mirar antes, porque después algunas ya no se pueden reclamar.

Una mano firma un documento sobre un escritorio

Casi todos los casos laborales que terminan mal empiezan igual: la persona firmó rápido porque necesitaba la plata, y recién después alguien le dijo que faltaba algo. Revisar toma una tarde. Vale la pena.

1. Qué causal invocaron

La carta de despido tiene que decir la causal legal y los hechos en que se funda. Eso importa por dos razones: define si el despido da o no derecho a indemnización, y define el recargo que el tribunal ordenará pagar si la causal se declara injustificada.

Necesidades de la empresa: da derecho a indemnización por años de servicio y aviso previo.

Causales de caducidad (las del artículo 160, como incumplimiento grave o falta de probidad): no dan derecho a indemnización, pero si el empleador no las acredita, el recargo que debe pagar es el más alto de todos.

Vencimiento del plazo o conclusión del trabajo: no dan indemnización por años de servicio.

Una causal usada para no pagar indemnización es, en la práctica, la situación con mejor pronóstico para el trabajador — porque si el empleador no la prueba en juicio, termina pagando bastante más de lo que se ahorró.

2. Si el cálculo está completo

El finiquito debería incluir, según el caso:

Indemnización por años de servicio: un mes de remuneración por año trabajado y fracción superior a seis meses, con tope de once años.

Indemnización sustitutiva del aviso previo: un mes, si te despidieron sin avisarte con 30 días de anticipación.

Feriado proporcional o feriado pendiente.

Remuneraciones del mes en curso, horas extras no pagadas, comisiones y gratificación proporcional.

3. Tus cotizaciones

Esta es la revisión que más cambia las cosas y la que menos se hace. Entra a tu AFP, saca la cartola de los últimos doce meses y verifica que estén todas pagadas.

Si hay cotizaciones impagas al momento del despido, el término del contrato no produce efecto respecto de las remuneraciones: el empleador debe seguir pagándote el sueldo hasta que las entere y te lo comunique por carta certificada. Dependiendo de cuánto demore, eso puede superar largamente todo el resto del finiquito.

4. Cómo firmas

Si algo no te cuadra y aun así necesitas cobrar lo que sí te están pagando, existe una salida intermedia: firmar con reserva de derechos, dejando constancia escrita de qué conceptos reclamas. Cobras lo que hay y mantienes abierta la vía judicial por lo que falta.

El plazo

Es lo más importante de esta guía: tienes 60 días hábiles desde la separación para demandar por despido injustificado. Si antes reclamas ante la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende mientras dura el trámite, pero no puede pasar de 90 días hábiles en total.

Un despido claramente abusivo con el plazo vencido no se puede demandar. Es la conversación más incómoda que tenemos en el estudio y ocurre todos los meses.

Qué traer si nos consultas

01

El contrato de trabajo y sus anexos.

02

La carta de despido.

03

El borrador de finiquito, si ya te lo pasaron.

04

Las últimas tres liquidaciones de sueldo.

05

La cartola de cotizaciones de tu AFP.

Siguiente paso

Revisamos tu finiquito sin costo

Mándanos por WhatsApp una foto de la carta de despido y del borrador de finiquito. Te decimos si el cálculo está completo antes de que firmes.

Aviso: esta guía es orientación general sobre derecho chileno, actualizada al 30 de julio de 2026. No constituye asesoría legal para un caso concreto ni crea una relación abogado-cliente. Las normas y los criterios de los tribunales cambian.

Derecho y Defensa


Una respuesta clara puede cambiar el rumbo de tu caso.

La primera revisión no tiene costo y no te compromete a nada. Si no hay caso, te lo decimos.

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Los Ángeles, Región del Biobío


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